sábado, 25 de agosto de 2012

"LA RECONCILIACION ENTRE VICTIMAS Y VICTIMARIOS NO ES POSIBLE NI DESEABLE"

El abogado argentino Juan Mendez, relator de torturas de la ONU, analiza la política de derechos humanos.
 
Por Raul Arcomano.
      
–Hace diez años se declaró la inconstitucionalidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. Una década después, ¿cómo avalúa el desarrollo de los juicios de lesa humanidad que se están realizando en la Argentina?
–El fallo del juez Gabriel Cavallo del año 2001 fue un hito importante por la erudición de su análisis sobre las obligaciones internacionales del Estado argentino. Desde luego, hubo que esperar el 2005 para que la Corte Suprema se pronunciara en igual sentido. El desarrollo de los juicios en los primeros años fue lento y a veces confuso, pero me parece que las decisiones de la fiscalía y de la Corte de organizar unidades internas para darles sistematicidad y cohesión a la estrategia de procesamiento han resultado en avances muy claros. Al mismo tiempo, se ha respetado al máximo el derecho de los acusados a un juicio justo. La capacidad de la Justicia argentina de llevar adelante estos difíciles procesos en condiciones inobjetables, y con la participación activa de las víctimas y de la sociedad, es motivo de admiración en todo el mundo, y muy justificadamente.
–¿Por qué los juicios son un modelo para muchos países?
–En mi experiencia, los juicios en son un modelo para todos los países que enfrentan un legado de violaciones masivas y sistemáticas de los derechos humanos al tiempo que tratan de comenzar una transición hacia la democracia o hacia la paz luego de un conflicto armado. Es así porque ya no se entienden ni la paz ni la democracia en un contexto de impunidad y de falta de justicia. Sin embargo, no deja de reconocerse que la justicia es un bien o un valor insoslayable, pero que realizarla es inmensamente difícil cuando se trata de atrocidades masivas y cuando los criminales todavía retienen importantes herramientas de poder. Por eso, que la sociedad argentina y sus instituciones judiciales demuestren que ese camino es posible –y que es posible en condiciones de absoluto respeto a las garantías de defensa en juicio y de independencia de los tribunales– constituye sin duda un ejemplo para el mundo. Pero creo que hay que ir más allá: Argentina es ejemplo para el mundo en el cumplimiento de las demás obligaciones que surgen de una herencia de crímenes masivos. La justicia es central e indispensable, pero por sí sola no es suficiente. El Estado también debe explorar y difundir la verdad, ofrecer reparaciones a las víctimas y reformar las instituciones para que no se vuelvan a usar como instrumentos de la represión ilegal. Esto es lo que en derecho internacional se llama “justicia de transición,” término a menudo mal entendido en Argentina. En ese terreno, Argentina también da ejemplos al mundo. En cuanto a la verdad, con el informe de la Conadep pero también con exhumaciones, los “juicios de la verdad” y revelaciones que se han hecho a nivel local, y también con los esfuerzos para preservar la memoria de los crímenes de la dictadura. La Argentina ha ofrecido reparaciones generosas a la mayoría de las víctimas y sus familiares. Y en cuanto a la reforma institucional, por cierto, queda aún mucho por hacer. Pero no se puede negar que las fuerzas armadas y las policías de hoy no son lo que eran en 1976.
–Hay críticas a los juicios por las demoras y porque no se están unificando las causas por centro clandestino o por área de represión. ¿Cómo podría mejorarse esto?
–Esas críticas fueron válidas al principio, pero mi impresión es que los problemas de demoras y de multiplicidad de trámites se han venido resolviendo favorablemente. La unificación en megacausas es una idea buena en principio, pero también podría haber conducido a deficiencias en la posibilidad de la defensa en juicio de algunos acusados y de allí a la pérdida de legitimidad de los juicios. La tendencia a la unificación, pero reteniendo flexibilidad y adaptación –que es como entiendo se viene haciendo– ha sido muy acertada.
–¿Cree que el poder judicial argentino no se ha “democratizado” y que sigue habiendo resabios de la dictadura?
–Es imposible pensar que un poder del Estado puede democratizarse del todo en un contexto donde las metas de democratización (del Estado y de la sociedad misma) están lejos de alcanzarse. Además, por su naturaleza misma, el judicial es el menos “democrático” de los tres poderes, en el sentido de estar sujeto a la voluntad popular. Prefiero una Justicia imparcial e independiente y protectora de las garantías de las personas y de las colectividades minoritarias, a una Justicia que de puro “democrática” esté sujeta a los vaivenes de la política. Pero creo que el Poder Judicial ha recuperado mucha credibilidad en los últimos años, especialmente a través de una Corte Suprema de cuya independencia y solidez no caben dudas. Desde afuera, la calidad del Poder Judicial se juzga por la institución que lo encabeza. Y el caso argentino es muy meritorio, aunque siempre se debe aspirar a más independencia y a mejor calidad institucional.
–Aunque sería una medida polémica, ¿son viables las mitigaciones de penas a cambio de confesiones de los represores?
–Yo estoy en principio a favor de la negociación de confesiones y de testimonios de represores que lleven a inculpar y a condenar a represores que tengan más responsabilidad en los mismos hechos. Puede ser una buena manera de romper la impunidad. Pero reconozco que debe hacerse con criterios claros y con procedimientos transparentes.
–¿Cree que ante un cambio de escenario político los juicios podrían terminar?
–No. En el caso argentino, estoy convencido de que los juicios por los crímenes de la dictadura militar están instalados como una conquista de nuestra democracia, para la cual no hay paso atrás.
–Algunos grupos con simpatías por la dictadura intentan equiparar en la Justicia los crímenes del terrorismo de Estado con los de la guerrilla. ¿Qué dice la legislación nacional e internacional?
–Hay muchos equívocos sobre lo que prescribe el derecho internacional en esta materia. Empecemos por entender que los crímenes que no pueden prescribir ni ser amnistiados ni indultados son los de tal envergadura que los conviertan en crímenes de guerra o en “crímenes de lesa humanidad”. No es cierto que eso signifique que sólo los agentes del Estado los puedan cometer; los grupos alzados en armas, con tal que actúen con mando unificado, en operaciones militares sostenidas a lo largo de un cierto tiempo, también pueden cometer crímenes de lesa humanidad. Pero los agentes estatales como no estatales, para ser acusados de tales crímenes, deben cumplir otros requisitos, especialmente que hayan cometido esos actos como parte de un plan sistemático o masivo de ataques a la población civil.
–¿Cómo evaluaría puntualmente el caso argentino?
–En términos de la historia concreta de la Argentina de esos años, a pesar de que muchos de los hechos de las guerrillas sean censurables, no creo que se pueda demostrar que haya habido una práctica sistemática ni masiva de ataques a la población civil, como por ejemplo el caso del LRA en Uganda del Norte o de las Farc en Colombia. Además, el mayor problema para procesar y castigar hechos cometidos por la guerrilla en esos años no es el paso del tiempo ni la imposibilidad de superar la prescripción: es que los militares y la policía que ellos conducían se ocuparon de matar y desaparecer a sus enemigos y no de investigar ni preservar pruebas para condenar a los autores con juicios justos. No es cierto que haya impunidad para los crímenes cometidos por los alzados en armas, ya que muchos de los que así actuaron se cuentan hoy entre los desaparecidos o asesinados, o bien cumplieron años en prisión, ya sea durante la dictadura o, en algunos casos, también en los primeros años de la democracia. En cambio, los agentes estatales que cometieron atrocidades al amparo del poder del Estado recién ahora están empezando a sufrir prisión, y lo hacen a través de procesos insospechables.
–Los grupos procesistas suelen referirse a las acciones de la guerrilla como “terrorismo” y sostienen que en los ’70 hubo en el país una “guerra irregular”.
–Durante años, resultaba difícil definir la palabra “terrorismo” para efectos del derecho internacional, pero creo que hoy eso está bastante resuelto. Terrorismo es toda acción armada o violenta que, a través de la muerte de personas o la destrucción, procura sembrar el terror entre la población civil. No es lo mismo que crímenes de lesa humanidad, ni integra el elenco de crímenes de competencia de la Corte Penal Internacional, pero sí está sujeto a la jurisdicción universal a través de tratados elaborados en los últimos años. No cabe duda que se trata de un crimen internacional, como lo es la tortura, por ejemplo, pero con la salvedad de que este avance del derecho internacional es reciente y no se aplica retroactivamente. Pero si nos ceñimos a la definición a la que aludo, está claro que algunos hechos que cometen algunos grupos alzados en armas constituyen terrorismo, pero no todo lo que hacen, de la misma manera que no todo lo que hicieron las fuerzas armadas y policiales entre 1976 y 1983 fueron crímenes de lesa humanidad. Si algún hecho de Montoneros o del ERP cometido en esos años pudiera hoy ser considerado terrorismo va a depender de los hechos y de la intención de los autores, pero aun si lo fuera no cabría aplicarles retroactivamente una calificación de terrorismo, que es de muy reciente data.
–El hijo de Larrabure, en una entrevista con Miradas al Sur, mencionó el caso Akayesu, sobre las masacres en Ruanda. Sostuvo que los tribunales internacionales dijeron que los militares que no participaron en combate por estar detenidos deben ser considerados miembros de la población civil. Hacía referencia al caso de su padre, que murió en cautiverio ¿Qué opina?
–Conozco el caso Akayesu y otros que tratan este tema. Tengo que decir que Larrabure tiene razón: cuando el derecho internacional habla de población civil se incluye en el concepto a todo combatiente que no esté en el momento de su victimización contribuyendo al esfuerzo militar de su bando, ya sea por haberse rendido, por estar herido o fuera de combate. De la misma manera que el asesinato en condiciones de indefensión de, por ejemplo, Marcos Osatinski o Roberto Quieto, es un crimen de lesa humanidad aunque también sea cierto que ellos eran combatientes y no civiles (antes de su captura). Aquí quiero recordar, sin embargo, que el otro requisito para que un hecho determinado pueda ser crimen de lesa humanidad es que sea parte de un ataque generalizado contra la población civil. En otras palabras, si hubiera alguien a quien inculpar por la muerte del padre de Larrabure, además de tener pruebas contra determinadas personas, sería necesario probar que hubo un patrón de conducta de los mandos del ERP (en este caso) de cometer hechos similares.
–Quienes promueven que se juzguen los crímenes de la guerrilla, ¿podrían lograr una sentencia favorable en una corte internacional?
–No veo ante qué foro se podría llevar una cuestión como ésta, especialmente porque la Corte Suprema y otros tribunales argentinos le han dado un tratamiento exhaustivo y creo que convincente.
–¿Qué opina de la teoría de los dos demonios, cuando hoy algunos sectores de la derecha castrense intentan reflotarla?
–Ya en 1984 me pareció que la teoría de los demonios era una tergiversación de los hechos. Tendía a relativizar los crímenes de la dictadura porque no reconocía que hay una diferencia cuantitativa pero además cualitativa cuando se usa el aparato del Estado para torturar, desaparecer y asesinar al enemigo político. Especialmente esa teoría ignoraba el hecho de que la represión ilegal se rodea de garantías de impunidad y por eso es una amenaza a la democracia muy superior y más grave que cualquier otra.
–Las agrupaciones de defensa de “víctimas del terrorismo” hablan de “perdonar y olvidar” y de “pacificación nacional y concordia”. ¿Por qué apelan a esa retórica?
–Esta ha sido la argumentación preferida de los partidarios del gobierno militar desde el principio. Sólo más recientemente han sacado a relucir una supuesta falta de simetría entre juicios a represores y juicios a guerrilleros. En cuanto al olvido y al perdón, siempre he pensado que si una víctima es capaz de olvidar y perdonar se trata de una cualidad que debemos respetar y admirar; pero acá estamos hablando de políticas públicas, no de actitudes éticas. En ese terreno, lo que no es aceptable es que el Estado “decrete” que las víctimas han perdonado o deben perdonar. El Estado democrático no puede imponer el perdón por decreto (y menos el olvido), especialmente si de esa manera se interfiere con el legítimo derecho de las víctimas a la verdad, a la justicia y a la reparación del daño.
–¿Cree que promueven así una una forma de amnistía?
–Usan esos argumentos para imponer la impunidad, ya sea mediante la amnistía o mediante desacreditar o deslegitimar los juicios. Tienen derecho a opinar lo que quieran sobre los juicios y a expresar sus opiniones, derechos que sus defendidos les negaron a sus víctimas.
–¿Es posible hablar de reconciliación entre víctimas y victimarios, sin justicia de por medio?
–No creo que el resultado último de los juicios en curso sea la posibilidad de reconciliación entre víctimas y victimarios. No es por eso que juzgamos. Lo que sí creo es que si alguna vez las distintas facciones políticas de la Argentina se reconcilian va a ser luego de que se salde la deuda de justicia que todavía tenemos, no antes. En ese sentido, lo que siempre he dicho es que la reconciliación que debe buscarse es entre sectores políticos o ideológicos. Condición esencial de esa reconciliación es la justicia. En cambio, la reconciliación entre víctimas y victimarios no es posible ni deseable.
 
• “Es decepcionante que Guantánamo se siga usando”

 –¿Cuáles son los principales desafíos y problema en Europa con relación a los derechos humanos? ¿Y en Latinoamérica?
–Todos los continentes tienen problemas de derechos humanos de uno u otro tipo. En Europa, señalaría la xenofobia que se materializa en la expulsión de inmigrantes, la detención prolongada de peticionarios de asilo, y la intolerancia hacia las expresiones religiosas de las minorías. Nunca viví en Europa, así que esta impresión es necesariamente superficial. En América latina, tenemos problemas de insuficiencia de la democracia y de mal funcionamiento de las instituciones de garantía de los derechos, aunque en los últimos 30 años hemos hecho progresos enormes. Todavía nuestras democracias tienden al autoritarismo y a lo que Guillermo O’Donnell llama “democracia delegativa” y “sultanismo” en el ejercicio del poder. Lo preocupante es constatar que aun las democracias de baja calidad institucional son además frágiles, como el golpe de estado en Honduras demuestra.
–Usted llamó la atención a Obama sobre los tratos crueles y degradantes en Guantánamo, autorizados por George Bush. ¿En qué quedó el pedido?
–Es un pedido que ha hecho insistentemente la sociedad civil norteamericana. Es sobre Guantánamo pero también sobre “rendiciones extraordinarias” (envío clandestino de prisioneros a países donde se los pudiera torturar para sacarles información), uso de “agujeros negros” (lugares secretos de interrogación y tortura usados por la CIA en otros países), y presuntas violaciones a las leyes de la guerra nunca bien investigadas ni procesadas. Es decepcionante que Guantánamo se siga usando, que sigan los juicios por comisiones militares en lugar de ante tribunales civiles, que se establezca una teoría para la detención prolongada y sin juicio de ciertos prisioneros y, especialmente, que no se trate de establecer la verdad de los crímenes internacionales cometidos bajo la inspiración de los “memos sobre tortura” de la presidencia de George W. Bush. En lo positivo, la prohibición absoluta de la tortura, de las rendiciones extraordinarias y del uso de agujeros negros parece mantenerse en vigencia y no hay que minimizar la importancia de la diferencia entre un gobierno y otro en este sentido. Pero tengo que decir “parece” porque esas prácticas siempre fueron secretas y no es posible decir con absoluta seguridad que no se sigan ejerciendo. Sin embargo, es significativo que, desde su prohibición en enero de 2009, a las 24 horas de asunción del mando de Obama, no se han conocido nuevos casos hasta ahora. Durante la época de Bush se conocieron más de 30 casos de rendiciones extraordinarias.
–También le pidió a las autoridades cubanas que permita a la ONU visitar las cárceles. ¿Qué respuesta le dieron?
–Mi predecesor en la relatoría había hecho ese pedido y Cuba nunca lo autorizó. Yo he renovado el pedido a partir de mi asunción del cargo, en noviembre de 2010, y hasta ahora no he tenido respuesta.
–¿Está trabajando en Libia sobre las denuncias de torturas, secuestros y ejecuciones a cargo del régimen de Khadafi?
–Sí. Junto con otras relatorías temáticas y grupos de trabajo hemos emitido comunicados y acciones urgentes, especialmente relacionadas con el uso excesivo en la represión de manifestaciones de protesta. Nos hemos unido a similares llamados de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. Además, hemos hecho similares llamados con respecto a Siria, Bahrein y Yemen y antes en Egipto y Túnez. Con respecto a estos dos países, ahora intentamos ofrecer nuestros servicios a quienes tienen la responsabilidad de establecer normas constitucionales y legales que en el futuro sean más eficaces para prevenir y castigar la tortura.
 
• PERFIL DE UN LUCHADOR

Desde noviembre último el abogado argentino Juan Méndez es relator especial de la ONU para la tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes. Reemplazó en el cargo al austríaco Manfred Nowak. Méndez ya había trabajado en Naciones Unidas: fue consejero para la Prevención del Genocidio entre 2004 y 2007. Es profesor de Derecho en la America University de Washington, consultor de la Corte Penal Internacional y fue presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh). Laureles no le faltan. Militancia tampoco. “Fui militante estudiantil en la Facultad de Derecho de la entonces Universidad Católica Stella Maris de Mar del Plata (hoy Universidad Nacional). Milité en el peronismo revolucionario y luego, más orgánicamente, en la JP. Fui detenido dos veces. La primera en Mar del Plata en abril de 1974, liberado tres días más tarde. A raíz de esa detención y de las amenazas de que era objeto, al poco tiempo me mudé a Buenos Aires, donde trabajé en la defensa de presos políticos. En 1975, fui detenido en Castelar. Luego de estar varios días levantado y torturado, me reconocieron como detenido en La Plata, me pusieron a disposición del PEN y me trasladaron a la U9. Estuve allí 18 meses, hasta que en febrero del ’77 fui el primer detenido al que autorizaron a hacer uso del derecho de opción para salir del país, que el gobierno militar había suspendido en marzo del ’76 y nunca restableció. Mi salida y la de otros seis presos se debió a la presión internacional y al hecho de que los siete teníamos órdenes judiciales firmes para salir del país al momento de la suspensión del derecho de opción.”
 
Fuente: Miradas al Sur.

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