jueves, 11 de marzo de 2010

NO HAY SERVICIOS SOCIALES PARA MENORES DELINCUENTES


Hacía años que las dos leyes que refundan el sistema legal de los menores estaban en veremos por una decisión de la Suprema Corte provincial. Decía que no existían servicios sociales en funcionamiento para aplicar normas concebidas desde la perspectiva de la Convención Internacional de los Derechos del Niño: es decir, chicos y chicas con derechos y responsabilidades, puestos ante una Justicia propia, diseñada para juzgarlos no como adultos sino como sujetos en formación que necesitan del apoyo familiar de adultos, o en su lugar, del Estado. Puestas en marcha aquellas leyes, en julio comenzaron a funcionar en sólo cinco distritos. Allí los pibes sospechados de cometer delitos, por primera vez en la historia, entran en un sistema penal con modelo acusatorio. En él hay un fiscal que acusa, un juez y un defensor oficial que lo defiende en un juicio oral, bajo una serie de principios que contemplan el hecho de que son chicos: el principal e, increíblemente, más novedoso es que antes de que se decida su futuro deben ser escuchados. Si se bucea el sistema penal parcialmente en práctica se pueden distinguir algunas zonas nuevas y otras viejas “en transición”. En La Plata, Mercedes, Quilmes, Necochea, y San Martín existe desde julio el sistema penal acusatorio. En ninguno de ellos ha habido aún juicios orales, pero los fiscales y defensores ya tienen causas. Por ejemplo, en La Plata la estadística indica que el 80% de esas investigaciones son por robos o hurtos, un 13% por lesiones u homicidios –tres en cuatro meses, todos en riñas entre jóvenes– y el resto por abusos. En los departamentos en los que no existe aún la justicia penal juvenil la situación es más complicada: en la transición –o sea, hasta que se nombren cargos en los 18 distritos judiciales bonaerenses– los defensores de los pibes serán los defensores oficiales de adultos. Los viejos asesores de menores, en toda la provincia, desaparecieron. Así que las defensorías, que ya estaban colapsadas con las causas penales de los mayores, ahora desbordan con las de los chicos. Peor aún: la ley prevé que en esos casos se aplique no el Código Penal vigente, o sea el de la reforma garantista de 1999, sino el llamado Código Jofré, el que regía hasta entonces. Con esto, los defensores se la pasan entre el fárrago de expedientes, las colas de los familiares, las consecuencias asistenciales de esas causas penales y ahora, el antiguo Código Procesal Penal, al que deben volver. Así, la defensa de los pibes depende casi exclusivamente de la buena voluntad y la capacidad de trabajar horas extras de estos funcionarios judiciales. “Lo peor de esta situación es que ese código implica un sistema inquisitorio. O sea, que el mismo juez que juzga acusa y, eventualmente, puede llegar a condenar, es decir que no se respeta la imparcialidad del magistrado”, explica el defensor Julián Axat.

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